Aprobados dos nuevos decretos para alcanzar la igualdad en el ámbito laboral

El Gobierno central aprobó recientemente dos nuevos reales decretos diseñados para alcanzar una auténtica igualdad en el ámbito laboral entre hombres y mujeres: Real Decreto 902/2020 de igualdad retributiva entre mujeres y hombres https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2020-12215 y Real Decreto 901/2020 por el que se regulan los planes de igualdad y su registro. https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2020-12214

Ambos textos legislativos, como se apunta por parte del Ejecutivo de la Nación, son fruto del alcanzado el pasado mes de julio tras un proceso de diálogo con los agentes sociales, y permiten otorgar con rango de ley a los reglamentos de Igualdad Retributiva y de Planes de Igualdad, acordados en el marco del Diálogo Social.

Retribución equitativa

De un lado, el Real Decreto de igualdad retributiva tiene como fin la no discriminación salarial con mecanismos para identificarla y corregirla y promover las condiciones necesarias para la igualdad, siguiendo así instrucción de reglamentos y directivas de la Unión Europea. Para ello se incide en el concepto de transparencia retributiva.

Así, se establece la obligatoriedad de contar con un registro retributivo, que deberá incluir los valores medios de los salarios, los complementos salariales y las percepciones extrasalariales de la plantilla desagregados por sexo y distribuidos conforme a lo establecido en el artículo 28.2 del Estatuto de los Trabajadores https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2015-11430. Con ello se busca comprobar que no haya diferencias de remuneraciones entre hombres y mujeres que desarrollan el mismo puesto de trabajo. Este instrumento contará con información desagregada por sexo, clasificación profesional y tipo de retribución. Asimismo, se insta a la creación de otros instrumentos para certificar esa transparencia retributiva: una auditoría de la empresa que incluya la evaluación de los puestos de trabajo y un plan para corregir las desigualdades; y un sistema de valoración de puestos de trabajo que respete el principio de igual retribución para puestos de igual valor.

El decreto, además, prevé la celebración de reuniones semestrales de los Ministerios de Trabajo y Economía Social y de Igualdad con los agentes sociales para analizar la efectividad de la lucha contra la brecha salarial. También se colaborará con los agentes sociales en la elaboración de una guía de buenas prácticas para la negociación colectiva y las empresas, así como de una guía técnica para las auditorías retributivas.

Planes de igualdad

De otro lado, el Real Decreto sobre los planes de igualdad tiene como fin el desarrollo reglamentario de los planes de igualdad, así como su diagnóstico, incluidas las obligaciones de registro, depósito y acceso. Así, se fija tanto el procedimiento de elaboración a través de una comisión negociadora, el contenido mínimo -que debe incluir la auditoría retributiva; así como su vigencia -que no podrá ser superior a cuatro años- seguimiento, evaluación y revisión.

Son las empresas con 50 o más trabajadores las que tienen tiene la obligación de desarrollar esta medida, de acuerdo con lo establecido en el artículo 45 de la Ley Orgánica 3/2007 https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2007-6115. Sin embargo, como se apunta desde el Gobierno central, los planes no pasaban, en algunos casos, de ser meras declaraciones de intenciones, por lo que ha querido detallar cómo debe llevarse a cabo en cada empresa el diagnóstico de las discriminaciones por razón de género.






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